Estos planes, establecidos en la Ley 1931 de 2018 son los instrumentos a través de los cuales las entidades territoriales y las autoridades ambientales regionales identifican, evalúan, priorizan, y definen medidas y acciones de adaptación y de mitigación de emisiones de gases efecto invernadero, para ser implementados en el territorio. Dentro de los PIGCCT se debe incluir el desarrollo de acciones de adaptación basada en ecosistemas continentales, marino costeros e insulares. Los PIGCCT también deberán incluir los instrumentos de manejo de las áreas protegidas según su categoría de manejo.
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